Intrusismo o intrusismo profesional es el ejercicio de actividades profesionales por persona no autorizada para ello. Puede constituir delito. Es el ejercicio fraudulento de una profesión sin la titulación necesaria.
Si, estoy de acuerdo con todas las campañas lanzadas en estos momentos y está ocurriendo el intrusismo laboral, por parte de otros sectores en el nuestro. Ya sea por servicios o por productos.
Bien es cierto que vivimos momentos inusuales e inéditos nunca vividos y se necesitan «todas las manos» pero esto no exime de lo anterior. Pero se veía venir, a largo plazo.
La única cosa clara que teníamos es la definición de «personal profesional especializado»
Personal profesional especializado: Aplicador de productos biocidas, que tienen formación específica en control de roedores de acuerdo con la legislación nacional en vigor (Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas)
Y esta nos la hacen cumplir a rajatabla, lo mismo debería pasar con otros sectores.
Todo esto lo habíamos escritos en anteriores post y a colación, de la normativa de Rodenticidas, que creo que es la única de definiciones de categorías de usuarios que había reflejado el Ministerio de Sanidad.
Era la siguiente;
En la página del Ministerio se encuentra colgado un resumen de Renovación y Adaptación a la 9ª ATP (Adaptación al Progreso Técnico) de rodenticidas Anticoagulantes.
El documento del Ministerio en forma resumida, recoge o distingue estas 3 categorías:
También comentábamos lo siguiente y tener en cuenta que hablamos de los Rodenticidas.
Pero la documentación original Europea aclara y completa estas definiciones y el porqué;
«Público en general»
Aunque otros términos alternativos son «aficionados» o «no profesionales», se acuerda utilizar «público en general», que es el término al que se hace referencia en diferentes disposiciones del BPR.
El público en general es una parte de la población o ciudadanos que hacen un uso esporádico y privado de los rodenticidas.
Una característica común del público en general es que esta categoría de usuario no habrá recibido capacitación específica sobre el uso de los rodenticidas que compran y usan. Por lo tanto, el acceso principal que pueden tener a la información sobre el uso correcto del producto comprado y los riesgos de su uso será el que acompaña al producto adquirido (es decir, disponible en la etiqueta o folletos).
«Usuarios profesionales»
Los usuarios profesionales también se mencionan en una serie de disposiciones en el BPR. Con el propósito de usar rodenticidas anticoagulantes, un usuario profesional debe entenderse como personas que usan rodenticidas en el curso de sus actividades profesionales, incluidos operadores, técnicos, empleadores y trabajadores por cuenta propia en diferentes sectores.
Esto podría incluir una amplia gama de trabajadores, como los agricultores, los que participan en la cría de animales, los comerciantes, los conserjes, los empleados en la preparación de alimentos, el envasado, el almacenamiento, la distribución y la venta y muchos otros tipos de empleados.
Como diferencia con la categoría de público en general, se espera que los usuarios profesionales hagan un uso más regular de los rodenticidas y, por lo tanto, al usar los rodenticidas en todas sus actividades de trabajo, generalmente son conscientes de los riesgos asociados con los rodenticidas anticoagulantes y deben conocerlos.
Los usuarios profesionales también pueden recibir capacitación sobre el uso de rodenticidas cuando lo exijan otras legislaciones sectoriales (por ejemplo, los agricultores debido a la legislación sobre productos fitosanitarios). Por lo tanto, los EM (Estados Miembros) deben considerar la situación específica de estos usuarios profesionales y decidir si todavía se consideran usuarios profesionales o, en ausencia de capacitación, como público general.
«Profesionales capacitados» (que aquí se traduce como Personal Profesional Especializado)
Esta categoría de usuario incluye aquellos usuarios profesionales para los cuales se requieren ciertas habilidades específicas para usar rodenticidas anticoagulantes en ciertas circunstancias.
Este grupo específico de usuarios profesionales utiliza mayores cantidades de rodenticidas porque realizan aplicaciones como parte de sus actividades diarias. Un ejemplo de esta categoría son aquellos usuarios que brindan un servicio profesional de manejo de plagas (los llamados controladores de plagas profesionales, PCO).
Su principal característica en comparación con los otros «usuarios profesionales» es que, de acuerdo con los diferentes requisitos nacionales, se espera que hayan seguido algún proceso específico de capacitación adicional o certificación relacionada con los raticidas u otros productos biocidas que usen comúnmente.
Como resultado, se considera que están en posesión de los conocimientos, habilidades y competencias requeridos para poder considerar los riesgos para sí mismos y para otras especies no objetivo, el uso de rodenticidas y el seguimiento del manejo integrado de plagas, antes de decidir su uso. También se espera que observen instrucciones de uso más complejas y RMM en la autorización del producto que los usuarios profesionales no capacitados.
Las habilidades y competencias requeridas mencionadas anteriormente están bien descritas en la Norma Europea para servicios de manejo de plagas (EN 16636), cuya posesión puede estar sujeta a un proceso de certificación por parte de un organismo de certificación.
Resaltábamos esta aclaración
«La definición que se da de «usuarios profesionales» es mucho más amplia y engloba muchas más profesiones de la que ha circunscrito el Ministerio, parece ser que para los rodenticidas, que solo engloba al ámbito ganadero en su propia explotación. Viendo algunos registros de insecticidas ya pasados al nuevo registro parece que la categoría de usuario, seria;
Personal profesional: Usuario que aplica productos biocidas dentro de su lugar de trabajo. Este usuario tiene algunos conocimientos y habilidades en el manejo de productos químicos y es capaz de usar correctamente los equipos de protección personal (PPE) si fuera necesario.
Interesantes reflexiones, los estados miembros tienen la potestad de considerar a los «usuarios profesionales» como «público en general», en el estado español parece que no.
Todo esto aparecía en el anterior post, tal cual.
Esta ultima es la definición que me estoy encontrando en algunos protocolos de Covid 19 de Desinfección.
Con lo cual tenemos un grave problema de asignaciones de categoría de usuarios en este país, que tendrá que ser resuelto, por supuesto después de la crisis.
Pero hay varias cosas que son impepinables y caen por su propio peso;
1. El Ministerio debe definir si considera a los «usuarios profesionales» como público en general en ausencia de formación. (ESTE ES EL CASO ACTUAL, NO ES POSIBLE LAS BARBARIDADES QUE ESTAMOS VIENDO EN ESTA CRISIS POR PARTE DE OTROS SECTORES)
2. Donde está, cual es la formación de estos supuestos «Usuarios Profesionales», por eso es INTRUSISMO PROFESIONAL y COMPETENCIA DESLEAL, cuando todo el sector ha tenido que pasar por una profunda transformación de formación con la consiguiente inversión económica.
3. Y esta es una auto critica al sector, que vengo repitiendo desde hace tiempo, pero por lo que se ve a nadie parece importarle, SI ESTE SECTOR SE QUIERE PROFESIONALIZAR A NIVEL EUROPEO, CON UN STANDART COMÚN EUROPEO, LAS EMPRESAS SE DEBEN CERTIFICAR EN LA NORMA 16636, COMO DICE LA DEFINICIÓN EUROPEA DE » PERSONAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO» para ver si por fin nos reconocen como sector.
Y un aviso para navegantes, aplaudo la decisión de la BPCA British Pest Control Association, si no estas certificado no puedes pertenecer a la Asociación.
Por supuesto todo eso con un sistema propio de ayudas de la asociación para certificar a sus miembros.
Luis Lozano
Responsable Técnico
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