Los que hayamos apostado por llevar libro LOMB, (creo que es la opción correcta, aunque con modificiones en el libro LOMB actual) para las categorias toxicologicas anteriores tóxicas y muy tóxicas, debemos tener cuidado actualmente, puesto que con los rodenticidas ha sido bastante sencillo, pero ahora están pasando la mayoria de insecticidas al nuevo registro y existen sorpresas que hay que tener controladas.
La decisión de utilizar estas sustancias tienen en debate al sector, pero mi opinión particular, es que las debemos utilizar cuando son necesarias, Por mucho incluso que los laboratorios y distribuidores esten en la tesitura de quitarla de los catálogos y darnos grandes advertencias. (esto será motivo de otro post partidarios y detractores del 0,3 o del 0,5 en rodenticidas)
Mi decisión se basa en lo siguiente;
- La mayoria de sustancias, son candidatas a sustitución (y veremos qué pasa en 2024) esto lo digo porque es lo mismo un rodenticida anticogulante al 0,3 o al 0,5 es candidata a sustitución y cuando desaparezca, desaparecerá.
- La nueva clasificación Toxicológica, ha venido para quedarse, ya sea que el fabricante fabrique productos o nosotros los utilizemos, para qué hacen una clasificación de sustancias con esas caracteristicas, si tuvieran que desaparecer, ya no lo habrian puesto en la clasificación, las sutancias existentes tienen esas caracteristicas y tienen una finalidad, es decir que se pueden utilizar, incluso alguna si no la utilizamos va a tener un impacto mayor por el lado de la Salud.
- Dicho esto por supuesto tienes que estar formado para utilizarlas y esto es lo que hace la difrencia de un Personal Profesional Especializado, un profesional y el público en general. La mayoria de esas sustancias no están para estas dos últimas categorias. Por supuesto eso se consigue con FORMACIÓN EN MAYUSCULAS (de calidad, no para aprobar y poder trabajar) porque de lo contrario sí que es un riesgo poner esto en nuestras manos, y ahí están los niveles especiales ANEXO II del RD 830/2010 de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas, que cubre o deberia cubrir todo el espectro de estas sustancias y dentro de esto está la organización del sector. Existe un standart mínimo que se debe exigir para ser considerado un PROFESIONAL en este campo y si existe Norma EN UNE 16636:2015 Requisitos y Competencias para la prestación de servicios de control de plagas y hablamos de toda europa y con la heterogenidad de nuestro sector (empresas de todos los tamaños), Pero las autoridades sanitarias Europeas han dicho que ese es el camino para darle la confianza al sector (No lo estamos haciendo).
- Y luego podemos poner las mil excusas, los cursos de niveles especiales valen dinero y tiempo, tengo que cambiar el registro ROESB (con Comunidades Autónomas que han legislado y otras no), Tengo que llevar el libro LOMB es un engorro (que lo es tal y como está planteado). El standart Europeo 16636, es un saca dinero y mi organización es muy pequeña para realizarlo (en UK más de 120 empresas acreditadas de todos los tamaños). Yo no quiero utilizar estas sustancias (ya las utilizabas, simplemente se han reclasificado), el cliente no aceptará este tipo de sustancias con esa clasificación, (pues cuando venga un problema mayor de Salud, verás como las aceptan). Tendremos que subir los precios (ojalá) y el cliente no la aceptará (miedo) si lo hacemos todos, el sector se revalorizá por sí mismo. Puedo continuar con las miles de excusas, todas muy lícitas, pero así no vamos a hacer un SECTOR PROFESIONAL DE CONFIANZA NUNCA y creo que lo que esperan de nosotros es otra cosa.
- El argumento de tantos años de que usabamos los mismos productos que el público podría comprar en la drogueria, ahora que lo podemos rebatir, no lo hacemos (por nuestras excusas)
- Y un tema más importante y Técnico, el uso de rodentididas a menos concentración traerá más resistencias y emergencias sanitarias por el uso indiscriminado del público en general, «profesionales» y la utilización por parte de «Pesonal Profesional Especializado» sin formación, standares mínimos y control (por mucho que también maten los del 0,3)
Nosotros seguiremos con nuestra lucha, que no es fácil, porque si tu lo haces y los demás no, te deja en desventaja competitiva.
Yo soy el primero que no me gustaria utilizar este tipo de sustancias, pero la legislación toxicológica de sustancias (CLP), la formación RD 830/210 anexo II curso de niveles especiales, el control (LOMB), los standares 16636 profesionalidad del sector en Europa, es lo que se ha hecho para que tu puedas utilizar estas sustancias, y todo esto no tiene sentido haberlo hecho si no aceptamos la realidad de que las sustancias existen, cumplen un fin, las tiene que utilizar gente formada, se tiene que llevar control de ellas y lo tienen que utilizar unos PROFESIONALES, para no confundir PERSONAL PROFESIONAL ESPECIALIZADO. Y cuando no existan cambiaremos de nuevo el sistema.
O quizás algo más fuerte; Europa está preguntando: existen unos profesionales formados con control que puedan utilizar estas sustancias y en los cuales podemos tener confianza dentro del campo de la SALUD PUBLICA que pueden hacerse cargo de las emergencias sanitarias que nos amenazan.
Y ahora el objetivo de este post es clarificar, incluso visualmente, la catalogación de estas sustancias y cuales debo incluir en mi libro LOMB.
El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, publicó una carta informativa al respecto, es muy informativa, pero poco visual.
Dejamos el enlace
Y por supuesto la mejor forma de enterarse es a traves del propio Ministerio de Sanidad, Consumo y Binenestar Social, en su sección Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo y sobre todo a traves de las NTP (Notas Técnicas de Prevención).
Dejamos el enlace;
https://www.insst.es/ntp-notas-tecnicas-de-prevencion
Casi toda la explicación está sacada de aquí, concretamente de una nota de Prevención de 2013 (se pueden visitar las notas técnicas de prevención por años, ésta es una página de visita obligada para la Prevención de Riegos y de alguna presentación oficial del Ministerio.
Todo empieza con el Reglamento (CE) 1272/2008 CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado), que modifica al Reglamento (CE) 1907/2006 REACH, representa la adaptación en la UE del SGA, (Sistema Globalmente Armonizado, GHS en inglés) que es una regulación aprobada a nivel mundial.
El Reglamento CLP establece un nuevo sistema de identificación del riesgo químico, unificándolo a nivel mundial y aproximándolo en algunos aspectos al que se viene usando a nivel internacional en el transporte de mercancías peligrosas. Ello implica, básicamente, lo siguiente:
Esto debe de estar incluido en cualquier curso homologado de Nivel II o III y también en los de Niveles Especiales Anexo II.
Un nuevo sistema de clasificación de la peligrosidad de la sustancias y sus mezclas y el establecimiento de nuevas clases y categorías de peligro.
Como vemos están divididos en 3 grandes grupos Físicos, Para la Salud y para el Medioambiente y dentro de ellos hay categorías
Todos nos estamos acostumbrando a los nuevos pictogramas, con 9 GHS (Sistema Globalmente Armonizado) y que cubre los 3 grupos Físicos, Para la Salud y para el Medioambiente, si miramos la carta del Ministerio actualmente hay dos grupos de GHS que entran a formar parte del LOMB GHS06 y GHS08, (digo actualmente y lo explicaremos a continuación) en idioma de la profesión los GHS06 son los tóxicos y muy tóxicos de la antigua clasificación como eran gases que ahora se consideran una Toxicidad Aguda y los GHS08 son todos los que han pasado o tienen que pasar a Peligro para la Salud (antes muchos de ellos estaban en la categoría de Nocivo)
Luego a continuación viene otra novedad que el uso de unas palabras de advertencia que prefijan el nivel de peligrosidad de la sustancia o mezcla.
PALABRAS DE ADVERTENCIA
Las palabras de advertencia indican el nivel relativo de gravedad de los peligros para alertar al lector de la existencia de un peligro potencial. Deben figurar en la etiqueta y son:
Peligro (Dgr; danger): asociada a las categorías más graves
Atención (Wng; warning): asociada a las categorías menos graves
Este es un dato importante, porque por supuesto la mayoria de productos que entren en el LOMB van a llevar la frase de Peligro.
Hoy en dia es tan importante leerse la ficha de seguridad como el registro del producto (como antes), la ventaja que tenemos es que el nuevo registro del Ministero te puedes bajar la resolución completa y facilita la labor.
Dejamos enlace al nuevo registro del MInisterio.
http://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/productos.do?tipo=biocidas
Y a titulo de ejemplo ilustrativo, dejo dos imagenes: una de un rodenticida al 0,5 que debe ir al Lomb y otro al 0,3 que no va al LOMB.

Resolución de Inscripción Rodenticida al 0,5 con su PALABRA DE ADVERTENCIA y Pictograma, debe ir al LOMB, Categoría 1A o 1B

Resolución de Inscripción Rodenticida al 0,29 con su PALABRA DE ADVERTENCIA y Pictograma, NO debe ir al LOMB, Categoría 2
También he encontrado en el Ministerio esta otra posibildad de un rodenticida al 0,25 y que solo se podria enclavar en Categoría adicional para efectos sobre la lactancia o a través de ella o incluso ni esta y no necesita Palabra de Advertencia y Pictograma a no ser que se trate de un error.

Resolución de Inscripción Rodenticida al 0,25, que solo se podria enclavar en Categoría adicional para efectos sobre la lactancia o a través de ella o incluso ni esta y no necesita Palabra de Advertencia y Pictograma a no ser que se trate de un error. NO debe ir al LOMB
Luego viene la fijación de unas indicaciones de peligro (H) equivalentes en parte, a las anteriores frases R y la fijación de unos consejos de prudencia (P), que sustituyen a las anteriores frases S. Quizas no hemos profundizado en este tema, pero dejo aquí el enlace a la NTP (Nota Técnica de Prevención) de la que está extraido parte de este post y que las enumera todas incluso con sus equivalencias anteriores.
NTP 878 Regulación UE sobre productos químicos (II). Reglamento CLP: aspectos básicos
https://www.insst.es/documents/94886/328681/878w.pdf/7dbc6e10-0052-463e-a04a-5fa4e5d2b580
Y a partir de aquí, es donde empieza el territorio hinospito, puesto que ahora es cando empiezan a cambiar los insecticidas al nuevo registro, pero se pueden dar unas calves generales, aunque hay que estar atentos a las resoluciones que salen;
Segun la carta del Minsiterio que debe ir al LOMB y siguiendo la información aportada anterioremente estas son las distintas Categorías, Pictogramas, Palabras de advertencia que deberemos encontrar en los registros y fichas de seguridad
Toxicidad aguda, categoría 1,2 y 3 y con el pictograma de una calavera y tibias cruzadas (GHS06) y la palabra de advertencia Peligro
Nota: No queda reflejado en este cuadro; Clasificación y etiquetado de las sustancias causantes de corrosión o irritación cutánea, Clasificación y etiquetado de las sustancias causantes de lesiones oculares graves o irritación ocular, Clasificación y etiquetado de las sustancias causantes Peligro por aspiración, que podrian llevar implicación en el LOMB.
Toxicidad especifica en determinados órganos (STOT), con el pictograma: Peligro para la salud (GHS08). Exposición única, categoría 1 y la palabra de advertencia Peligro
Toxicidad especifica en determinados órganos (STOT), con el pictograma: Peligro para la salud (GHS08). Exposiciones repetidas, categoría 1 y la palabra de advertencia Peligro
Carcinogénicas, Mutagénicas o Tóxicas para la Reproducción (CMR), categoría 1A o 1B, con el pictograma: Peligro para la salud (GHS08) y la palabra de advertencia: Peligro
Carcinogénicas
Mutagénicas
Tóxicas para la Reproducción
Sensibilización respiratoria, categoría 1 y Subcategorías 1A y 1B, con el pictograma: Peligro para la salud (GHS08) y la palabra de advertencia: Peligro

Sensibilización Respiratoria. Productos con categoría 1 y subcategorías 1A y 1B deben ir al LOMB ( No se ha podido localiazar al subdivisión de categorías 1A y 1B)

Sensibilización Respiratoria. Productos con categoría 1 y subcategorías 1A y 1B deben ir al LOMB ( No se ha podido localiazar al subdivisión de categorías 1A y 1B)
Nota: Tampoco se han categorizado aquí las sustancias Peligrosa para el Medioambiente, Sustancias peligrosas para el medio ambiente acuático y Sustancias peligrosas para la capa de ozono, en principio no son objeto de LOMB (pueden ser objeto de otro post).
Con tanta información, actualizaciones y cambios puede existir alguna información desactualizada. Pedimos disculpas.
Queremos un sector Profesionalizado, con las mismas oportunidades para todos y de libre competencia y Europa lo está esperando también. Se que cuesta mucho trabajo y más cuando eres un empresario individual o una micropyme, pero todos hemos pasado por eso, las excusas no valen.
Luis Lozano
Responsable Técnico